El certificado de instalación eléctrica apta será condición indispensable para que las distribuidoras de electricidad, ya sea EPEC o Cooperativas, otorguen la conexión y el abastecimiento del servicio.
Tras la aprobación por unanimidad de la ley 10.281 de Seguridad Eléctrica, sancionada el 17 de junio pasado, el Consejo de Asesor de Política Energética del MAAySP, continúa el trabajo sobre su reglamentación e instrumentación, hasta su efectiva entrada en vigencia.
La atención está centrada en la creación del registro de instaladores matriculados y la capacitación de idóneos.
A partir de ello, los habilitados y registrados tendrán la facultad de expedir el certificado de instalación eléctrica apta, indispensable para que cualquier distribuidor eléctrico otorgue la conexión y abastecimiento eléctrico en el ámbito provincial.
El ERSeP es la autoridad de aplicación de la ley, encargada a su vez de coordinar la capacitación de los idóneos en cuanto a la curricula y alcances para cada categoría de matrícula.
Para el dictado de los cursos se tendrá especial atención en la distribución a lo largo de la Provincia de los centros de capacitación y los horarios de dictado, de manera tal que no perjudicar la jornada laboral de los aspirantes.
La vigencia de la Ley se podrá dar una vez capacitados y habilitados los idóneos, que junto a los profesionales universitarios, obtendrán la matrícula correspondiente, para las diferentes categorías, para todo el quehacer eléctrico tanto en el ámbito público como en el privado.
El seguimiento, a cargo del ERSeP, implicará la actualización necesaria y permanente desde el marco técnico, ajustando periódicamente la normativa, y además la fiscalización y monitoreo de los procedimientos, con la aplicación de sanciones en el caso de incumplimientos.
La Ley 10.281 de Seguridad Eléctrica, pionera a nivel nacional, y como responsabilidad primaria del Estado Provincial, vela por la seguridad e integridad física de todas las personas.